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Gobierno emite consideraciones sobre Plan de Preservación y Gestión Segura de Cobre Panamá

Fuente: MICI

El Ministerio de Comercio e Industrias (MICI) envió este lunes a la empresa Minera Panamá, S.A., los comentarios y ampliaciones que resultaron de la evaluación del Plan de Preservación y Gestión Segura (PGS), por parte de las instituciones que conforman la Comisión Intergubernamental para el Cierre Ordenado de Cobre Panamá.

Cada entidad emitió sus recomendaciones, de acuerdo a la naturaleza de sus funciones y a sus competencias en la fiscalización de los componentes de la mina.

Dentro de los comentarios se indica que el documento estudiado debe ser objeto de eventuales ajustes o modificaciones, y el mismo deberá ser ampliado conforme con el tiempo y las fases del proceso de cierre, con el propósito de dar fiel cumplimiento a la sentencia emitida por el pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), el 27 de noviembre de 2023, mediante la cual se declaró inconstitucional la Ley 406 de 2023, que establecía un Contrato Ley entre el Estado panameño y la sociedad Minera Panamá, S.A.

El Plan de Preservación y Gestión Segura de Cobre Panamá, presentado por Minera Panamá, S.A., describe el estado actual de la mina, incluyendo infraestructura, equipos, materiales y necesidades inmediatas de estabilidad, así como las áreas que necesitan mejoras de seguridad, siendo un documento que cumple con los contenidos mínimos para la ejecución de un PGS en Cobre Panamá.

Como parte de la evaluación del Plan, la Comisión indica lo siguiente:

1. Se solicitará a la empresa la definición de un cronograma detallado de las actividades que se llevarán a cabo durante la ejecución del PGS.

2. También que sean presentadas las ubicaciones georreferenciadas de todas las instalaciones mencionadas en el PGS.

3. La permisología requerida para las distintas operaciones mencionadas en el PGS deben ser debidamente autorizadas por las respectivas instituciones estatales.

4. Se solicitará a la empresa presentar un cronograma/orden de desmantelamiento de instalaciones, equipos y estructuras, priorizando áreas sensitivas (almacenes de sustancias peligrosas y explosivos, etc.).

5. La empresa Minera Panamá, S.A., tendrá que cumplir con los compromisos del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) Categoría III aprobado, y la resolución de aprobación DIEORA-IA-1210-2011 del 28 de diciembre de 2011.

6. Minera Panamá S.A., deberá plasmar las garantías financieras para hacer frente al costo de realización de las acciones del cierre de la mina, y el monto mensual estimado de costos del PGS deberá ser desglosado con el mayor detalle posible.

7. Con relación a los depósitos de materiales peligrosos, se requiere identificar alternativas en cuanto a la seguridad contra incendios, explosiones o alternativas de uso de esos materiales. Es importante para cada material, especificar distintos escenarios de uso, o de relocalización y reexportación.

8. Se requiere de un muestreo de multielementos cuantitativo y cualitativo, a fin de determinar las características geoquímicas del concentrado de cobre almacenado para su venta futura.

9. Las instalaciones sensitivas de manejo de aguas como las pozas de sedimentación, instalación de manejo de relaves, sumideros, canales de derivación y otros, deberán presentar sus cronogramas de monitoreos.

10. La implementación del PGS demandará una estrategia de relación pública que debe emplearse a fondo, asegurando y reafirmando la transparencia, con la inclusión de todos los actores involucrados y de la sociedad civil.

En tanto, se tiene previsto en el corto plazo que las instancias gubernamentales fiscalizadoras del proceso ingresen a la mina Cobre Panamá para realizar nuevas verificaciones, de acuerdo con el PGS.

El pasado martes 27 de febrero, el Consejo de Gabinete aprobó la Resolución 19-24, con la cual se instruye a varias entidades estatales a adoptar las medidas administrativas necesarias para elaborar e implementar el Plan Ordenado de Cierre Definitivo de Cobre Panamá y cumplir la sentencia emitida por la Corte Suprema de Justicia del 28 de noviembre de 2023, que declaró inconstitucional la Ley 406 del 20 de octubre de 2023, por la cual se aprobó el contrato ley celebrado entre el Estado panameño y Minera Panamá, S.A.

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