Fuente: OMI
Un nuevo marco internacional regulará los buques que operen con tripulación humana escasa o nula.

La Organización Marítima Internacional (OMI) ha adoptado un nuevo Código Internacional de Seguridad para Buques de Superficie Marítimos Autónomos (Código MASS) con el fin de apoyar la integración segura en el transporte marítimo mundial de los buques comerciales con IA y controlados a distancia.
El Código MASS establece un marco completo y basado en objetivos para garantizar que los buques autónomos o controlados a distancia se diseñen y operen con un nivel de seguridad, Protección y protección del medio ambiente equivalente al que se espera de un buque convencional. También deberán cumplir el Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar(SOLAS) y otros instrumentos obligatorios aplicables de la OMI.
El Código se aplica a los buques de carga* y entrará en vigor el 1 de julio de 2026. Al tratarse de un instrumento no obligatorio, se da a los Estados miembros la oportunidad de probar su uso al tiempo que se allana el camino para hacerlo obligatorio en virtud del Convenio SOLAS.
El Secretario General de la OMI, Arsenio Domínguez,se congratuló de este hito al término del 111º período de sesiones del Comité de Seguridad Marítima (CSM), celebrado en Londres del 13 al 22 de mayo:
“Este logro histórico sitúa a la OMI en la vanguardia de la reglamentación de las tecnologías emergentes, demostrando la capacidad de la Organización para anticiparse al futuro del transporte marítimo y darle forma. Representa un gran paso adelante, que permite la innovación al tiempo que garantiza que la seguridad, la responsabilidad y el elemento humano siguen estando en el centro de las operaciones marítimas.”
Se requiere un nuevo enfoque
Un buque se considera autónomo si la tecnología de a bordo está diseñada y verificada para controlar acciones sin intervención humana. Aunque el número de buques sin tripulación o teledirigidos es actualmente limitado, cada vez son más los que se ensayan con éxito a escala internacional.
El Código MASS introduce nuevos requisitos para el diseño, la homologación y el funcionamiento de estos buques, incluso en ámbitos clave como la navegación, la conectividad, las operaciones a distancia, la seguridad contra incendios y la búsqueda y salvamento. Hace especial hincapié en la evaluación de riesgos, el diseño robusto de los sistemas, la ciberseguridad y la integración de los Centros de Operaciones Remotas (ROC).
Y, lo que es más importante, subraya la importancia de la supervisión humana, en la que el capitán conserva la responsabilidad general del buque en todo momento, aunque no se encuentre a bordo.
Hoja de ruta hacia normas vinculantes
El nuevo Código MASS complementa los instrumentos existentes de la OMI, teniendo debidamente en cuenta el Derecho internacional, incluida la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CNUDM). Es la culminación de casi una década de debates multilaterales, trabajo jurídico y ensayos en el agua, para permitir que las tecnologías nuevas y convencionales operen juntas de forma segura.
Los próximos pasos del Código incluyen:
- Diciembre de 2026 – MSC 112 para restablecer el Grupo de Trabajo MASS para el Desarrollo de un marco para una Fase de Creación de Experiencia (EBP) del Código MASS no obligatorio;
- 2028 – Desarrollo del Código MASS obligatorio, basado en el Código no obligatorio y en los resultados de la EBP y de la revisión llevada a cabo por los subcomités pertinentes. Consideración de enmiendas al SOLAS (nuevo capítulo) para la adopción del Código;
- Para el 1 de julio de 2030 – Adopción prevista del primer Código MASS obligatorio de la OMI, para su entrada en vigor el 1 de enero de 2032.
Además del nuevo Código MASS, el Comité de Seguridad Marítima adoptó las siguientes decisiones clave:
Situación en el Estrecho de Ormuz
El Comité adoptó una resolución en la que solicitaba el apoyo de los Estados miembros de la OMI a los esfuerzos que está realizando el Secretario General para facilitar la evacuación segura de los buques y la gente de mar atrapados en el Golfo Pérsico.
El Comité instó a los Estados miembros y a las organizaciones a ayudar a los marinos atrapados proporcionándoles suministros esenciales, estableciendo líneas telefónicas de ayuda y apoyo a distancia y manteniendo informadas a las familias. También se alentaron los cambios de tripulación.
El Comité pidió al Secretario General que siguiera de cerca la situación y proporcionara actualizaciones periódicas a los Estados miembros y a los órganos pertinentes de la OMI.
Directrices para los buques que utilizan combustibles alternativos
El Comité prosiguió sus trabajos sobre el marco reglamentario de seguridad para los buques que utilizan nuevas tecnologías y combustibles alternativos. Aprobó nuevas directrices provisionales para el uso de amoníaco como combustible, con el fin de respaldar la seguridad del diseño, la construcción y la explotación de buques que transporten y utilicen amoníaco como combustible.
El Comité aprobó dos nuevos conjuntos de directrices provisionales para la formación de la gente de mar en buques que utilicen combustibles y tecnologías alternativos, que reflejan la necesidad de desarrollar nuevas competencias al tiempo que se abordan los riesgos específicos de cada tipo de combustible. Estas directrices son las siguientes
- Directrices provisionales sobre la formación de la gente de mar a bordo de buques que utilicen alcohol metílico/etílico como combustible; y
- Directrices provisionales sobre la formación de la gente de mar a bordo de buques que utilicen amoníaco como combustible.
El Comité también aclaró cómo se aplica el principio de “un buque, un código” a los gaseros que utilizan combustibles alternativos, incluyendo si debe aplicarse el Código IGF o el Código IGC, mejorando la coherencia y claridad del marco normativo.
Avances hacia la gratuidad de los datos de seguimiento de buques para los Estados costeros
El Comité aprobó las enmiendas al Convenio SOLAS que modificarán el funcionamiento del sistema de Identificación y Seguimiento de Largo Alcance (LRIT), con el objetivo de facilitar el acceso a los datos mundiales de seguimiento de buques y mejorar la seguridad y la protección del medio ambiente en el mar. El MSC 112 estudiará la adopción de las enmiendas en diciembre.
Las enmiendas permitirán a los Estados costeros recibir gratuitamente informes normalizados sobre la posición de los buques, eliminando así un importante obstáculo para el uso del sistema. Se espera que esto ayude a los países a vigilar mejor la actividad marítima, apoyar las operaciones de búsqueda y salvamento y responder a problemas como el transporte marítimo ilegal y la contaminación marina.
LRIT es un sistema mundial que permite a los gobiernos seguir la pista de los buques recibiendo actualizaciones periódicas sobre su posición e identidad.
Mejora de la protección de las comunicaciones de los buques mediante el VDES
El Comité adoptó una resolución para introducir el sistema de intercambio de datos VHF (VDES) en el marco reglamentario de la OMI, como alternativa al actual sistema de seguimiento AIS exigido a los buques. Está previsto que la nueva normativa entre en vigor el 1 de enero de 2028.
El VDES es una versión más avanzada del AIS que permite a los buques y a las autoridades costeras enviar y recibir más datos, con mayor rapidez y seguridad. El VDES está concebido para hacer más seguro el seguimiento de los buques mediante la autenticación, lo que ayuda a reducir el riesgo de suplantación de identidad.
El Comité también adoptó una revisión de las normas de funcionamiento de los VDES a bordo de los buques y aprobó las directrices para el uso operativo a bordo de los VDES.
El resumen completo de la reunión estará disponible a su debido tiempo.
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* El Código MASS se aplica a los buques de carga cubiertos por el Capítulo 1 del Convenio SOLAS.
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